domingo, 11 de enero de 2015

Contabilidad Gubernamental

Es lo perteneciente o relativo al gobierno del Estado. Puede decirse que el gobierno está vinculado a la conducción política, mientras que el Estado es una forma de organización social soberana y coercitiva.
La contabilidad gubernamental, por lo tanto, es el tipo de contabilidad que registra las operaciones financieras de las entidades y dependencias de la administración pública. Todos los eventos económicos cuantificables que afecten al Estado forman parte del interés de la contabilidad gubernamental.

A través de la contabilidad gubernamental, los dirigentes a cargo de la conducción del Estado deben rendir cuentas a los organismos competentes para mostrar cómo administran el dinero público.

Normas de contabilidad Gubernamental

Se definen como los fundamentos esenciales para sustentar, el registro correcto de las operaciones y, la elaboración y presentación de Estados Financieros basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la Contaduría Gubernamental.

Normatividad de la contabilidad gubernamental.

La normatividad que regula a la contabilidad gubernamental comprende el fundamento legal y los principio básicos de contabilidad gubernamental en el ámbito federal. la normatividad de la contabilidad gubernamental de las entidades federativas del país está constituida por las normas jurídicas que cada entidad ha promulgado a través de su congreso local, y cuyas características, si bien pueden variar de una entidad a otra, como de hecho ocurre, también tiene rasgos comunes. Las leyes estatales generalmente coinciden con las federales, aunque existen excepciones para ajustarse a las necesidades de los gobiernos locales. Por supuesto, puede presentarse el caso en el cual la ley de un estado específico no contenga la figura jurídica más común; o bien que en el mismo estado dicha ley tenga otra denominación, pero lo importante es subrayar que existe un marco jurídico común de la contabilidad gubernamental en todas las entidades del país

Importancia de contabilidad Gubernamental

Es una técnica especializada a raíz de crecimiento y diversificación de las operaciones financieras que realizan los gobiernos, el monto de los presupuestos públicos, la variedad y cuantía de los intereses económicos, que se manejan en los diferentes estamentos de la administración pública.
El volumen de las operaciones financieras de los estados modernos, a través de sus numerosas dependencias, agencias, servicios, establecimientos autónomos, es tan vasto o grande, que la administración de semejante conjunto quedaría fuera de control de cualquier gobierno, si no se dispusiera de la contabilidad como instrumento insustituible de información permanente, de orden y de previsión. No podría administrarse adecuadamente un país, si se desconoce el valor del patrimonio publico, el monto real se sus rentas y recursos, gastos e inversiones y demás transacciones financieras.


Características de la Contabilidad Gubernamental:

Ø  Integralidad del registro y cobertura del mismo.
Ø  Uniformidad.
Ø  Centralización normativa.
Ø  Marco doctrinario.
Ø  Descentralización operativa.
Ø  Control contable de los bienes.
Ø  Funcionamiento de manera integrada con otros sistemas.
Ø  Estructuración basada, entre otras cosas, en el flujo de datos.

     Es importante destacar que la contabilidad gubernamental está regida por diversas leyes y regulada por varias instituciones. La intención es que el gobierno de turno no aproveche su posición para utilizar los fondos estatales según su conveniencia e intereses, sino que la gestión financiera sea transparente.


Sistema de Contabilidad Gubernamental:

Oficio Circular 309.-A.-0490/2007 mediante el cual la Unidad de Contabilidad Comunica a los oficiales mayores o equivalentes de las dependencias de la Administración Pública que se ha actualizado las disposiciones normativas del Sistema de Contabilidad Gubernamental.
Oficio Circular 309.-A.-0035/2008 mediante el cual se les informa a los oficiales mayores de las dependencias de la Administración Pública Federal el método aplicable para la valuación de inventarios
Oficio No. 309-A.-0200/2011 dirigido a los Oficiales Mayores de las Dependencias Coordinadoras del Sector de la Administración Pública Federal, mediante el cual se dan a conocer los Lineamientos de la Estrategia de Armonización para la Administración Pública Federal Paraestatal a efecto de dar cumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental
Oficio Circular No. 309-A.-0248/2012 mediante el cual se dan a conocer las normas de carácter general y específico de aplicación obligatoria para los entes públicos del Sector Paraestatal a partir de 2012.


Principios de Contabilidad Gubernamental:

 Ø  Ente:

Se considera ente a todo organismo público con existencia propia e independencia que ha sido creada por Ley o Decreto.
La entidad pública es un organismo establecido por una legislación específica, la cual determina los objetivos de la misma, su ámbito de acción y sus limitaciones.
La información contable pertenece a entes claramente definidos que constituyen combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros con el fin de lograr los objetivos que se establecen en el ordenamiento jurídico que los creó.

Ø  Base de Registro:



Los gastos deben ser reconocidos y registrados como tales en el momento en que se devenguen y los ingresos cuando se realicen.
Por medio de la aplicación de este principio al cierre de cada período, se habrán incluido todos los gastos que sean aplicables al mismo, y los ingresos que se hayan recibido efectivamente. Los gastos se consideran devengados en el momento que se formaliza la operación, independientemente de la forma o documentación que ampare ese acuerdo.

Ø  Cuantificación en términos monetarios:


Los derechos, obligaciones y en general las operaciones que realice el ente, serán registradas en moneda nacional.
Los entes deben presentar los eventos y operaciones que lleven a cabo en moneda nacional. Uno de los objetivos de la contabilidad es mostrar la situación financiera del ente en términos monetarios; la contabilidad no registra aquellos eventos que no pueden ser valuados en unidades monetarias y que se refieren a valorizaciones subjetivas o cualitativas; sin embargo algunos de estos eventos por su importancia requieren ser revelados a través de notas en los estados financieros.

Ø  Período Contable:

La vida del ente se dividirá en periodos uniformes para efecto del registro de las operaciones y de información acerca de las mismas.
La necesidad de conocer los resultados de las operaciones y la situación financiera del ente, hace indispensable dividir la vida continua del mismo en períodos uniformes.
En lo que se refiere a la contabilidad de la Hacienda Pública, el período relativo es de un año calendario.

Ø  Costo Histórico:


Los bienes se deben de registrar a su costo de adquisición o a su valor estimado, en caso de que sean producto de una donación, expropiación o adjudicación.
Las operaciones y transacciones que la contabilidad cuantifica al considerarlas realizadas, se registran según las cantidades de dinero que se afecten o a la estimación razonable que de ellas se haga.
Los Estados Financieros, bajo este principio, muestran los valores y costos en fechas anteriores y no los actuales según el mercado.


Ø  Existencia Permanente:

Se considera que el ente tiene vida permanente, salvo modificación posterior de la Ley o Decreto que lo creó en la que se especifique lo contrario.

Ø  Control Presupuestario:

Corresponde al sistema contable el registro presupuestario de los ingresos y egresos comprendidos en el presupuesto del ente así como su vinculación con el avance físico financiero de los proyectos programados.
Es necesario que exista un sistema de registro contable que combinado con la medición del avance físico, proporcione información oportuna y confiable acerca de la ejecución presupuestaria, con la finalidad de evaluar los resultados obtenidos respecto de los objetivos previstos al iniciar el ejercicio.
Así mismo, resulta indispensable que el sistema contable del ente incluya en sus procedimientos, la verificación de la disponibilidad suficiente para cada rubro de gastos, antes de contraer compromisos que afecten al mismo.


Ø  Revelación Suficiente: 

Los estados financieros presupuestales y patrimoniales deben incluir la información suficiente para mostrar amplia y claramente la situación financiera, presupuestal y patrimonial del ente.
Es indispensable que los estados arriba señalados muestren la información necesaria relativa a la situación financiera presupuestal y patrimonial y los resultados de las operaciones del ente, inclusive, si es necesario, dichos estados se acompañarán de notas explicativas de información, que sea conveniente revelar con el fin de que los usuarios estén suficientemente informados.

Ø  Integración de la Información:

Cuando se integren informes financieros independientes en uno solo, deben eliminarse las transacciones efectuadas entre las distintas unidades o entes, y los estados financieros no deben de reflejar un superávit o déficit originados entre ellos.

Ø  Importancia Relativa:


Los estados financieros presupuestales y patrimoniales deben revelar todas las partidas que son de suficiente importancia para efectuar evaluaciones o tomar decisiones.

La información procesada por el sistema contable y especialmente la presentada en los estados financieros, presupuestales y patrimoniales, debe incluir los aspectos importantes o significativos del ente susceptibles de ser cuantificables en términos monetarios.
De acuerdo con este principio, es necesario tener en cuenta la relación que guarden entre sí las diversas situaciones que se presentan, para conforme a su monto y naturaleza, darles la aplicación debida. En tales circunstancias, lo fundamental para determinar los límites de las “partidas de poca importancia “ será el equilibrio entre la utilidad de la información, el grado de detalle de la misma, la naturaleza de la partida y su monto.

Ø   Consistencia o Comparabilidad:

Las políticas, métodos de cuantificación y procedimientos contables deben ser los apropiados para reflejar la situación del ente, debiendo aplicarse con criterio uniforme a lo largo de un período y de un período a otro.
La observancia del principio de consistencia no hace imposible el cambio en la aplicación de los principios, métodos de cuantificación y procedimientos contables, sino que exige que cuando se efectúe un cambio que afecte la comparabilidad de la información, se revele claramente en los estados financieros: su motivo, justificación y efecto.

Ø  Cumplimiento de disposiciones legales:

El ente debe de observar las disposiciones legales que le sean aplicables en toda transacción, en su registro y en general, en cualquier aspecto relacionado con el sistema contable y presupuestal.
El sistema de contabilidad gubernamental debe hacer posible:

a) Mostrar que se ha dado cumplimiento a todas las disposiciones legales, y

b) Determinar adecuadamente los hechos, exponiendo plenamente su efecto en la posición financiera y los resultados de las operaciones del ente contable.













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